ESTADO DE ALARMA – SUSPENSIÓN DEL RÉGIMEN DE VISITAS Y COMPENSACIÓN

¿Tengo derecho a recuperar los días que no he podido estar con mis hijos como consecuencia de la declaración del Estado de Alarma? ¿Se tienen que compensar las visitas?

La respuesta es SÍ. La nueva normativa publicada en el BOE, incluye la creación de un procedimiento nuevo para tratar la compensación del régimen de visitas de aquellos padres que hayan estado separados de sus hijos. El procedimiento incluye la recuperación de todos los días que se hayan perdido durante el estado de alarma.

PENSIÓN DE ALIMENTOS DURANTE EL ESTADO DE ALARMA.

¿Se puede reducir el importe de la pensión alimenticia como consecuencia de la reducción de mi salario?

La respuesta es SÍ. En la nueva publicación del BOE, se recoge un procedimiento urgente para revisar pensiones alimenticias. Las situaciones económicas han cambiado como consecuencia de la pandemia, por lo que se ha habilitado un trámite que permiten valorar las nuevas realidades económicas de los padres.

Temas como la reducción de las pensiones y la compensación del régimen de visitas, son algunas de las medidas estrella que incluye la nueva normativa de derecho de familia dictada durante el estado de alarma.

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